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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37681
Fecha: 2008-03-27
Carátula: CREDIL S.R.L. c/RODAS Felix Alberto S/ Ejecutivo (*) (Juzg. Paz Roca)
Descripción: a cheque.regulacion x acrecidos.-
//neral Roca, 27 de marzo de 2008.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Téngase presente la caución personal ofrecida y conformidad prestada en el Otrosi digo por el Apoderado de Caja Forense.-
Líbrese cheque a la orden de la DRA. MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ 88,23 en concepto de:saldo de liquidación aprobada a fs.90.-
Regulo los honorarios, por acrecidos de la Dra.MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ ......MB:$ 2681.84 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts,6, 6 bis, 7,8 y 40 Ley 2212 RN).-
Cúmplase con la Ley 869.-
Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs.19, este concepto, a lo solicitado no ha lugar.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
El /03/08 se libro cheque No CONSTE.-
El /03/08 la Dra.saitta retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro