include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 26351III
Fecha: 2008-03-26
Carátula: ERCOLANI Néstor y VERA Karina S/ Homologación (Def-Gayá)
Descripción: se ordena embargo.A Defensroai Dr.GAYA.-
//neral Roca, 26 de Marzo de 2008.-
Agréguese el informe del ANSES acompañado.-
En atención a lo peticionado y estado de autos, trábese embargo sobre los haberes que tenga a percibir el demandado como empleado de la empresa EXPRESO RIO NEGRO con domicilio en calle Hohn William Cooke 3155 de la Capital Federal, haciendose efectiva la medida sobre el 20% de sus ingresos con más las asignaciones familiares.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro