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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00270-030-07
Fecha: 2008-03-26
Carátula: C.E.B. / E.P.R.E. S/ MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR
Descripción: unifica personería
Expediente Nro.00270-030-07
San Carlos de Bariloche, 26 de marzo de 2008
Atento a lo solicitado, criterio de esta Cámara en autos "C.E.B. c/ E.P.R.E. s/ Recurso Directo (art. 26 ley 2986) expte. nro. 00131-012-03, entre otros, y lo dispuesto por el art. 5 del dec. 815/04, unifíquese la representación del E.P.R.E. en la persona del sr. Representante de Fiscalía de Estado, de manera exclusiva y excluyente.
Notifíquese. Interin, suspéndanse los términos que estuvieren corriendo hasta que quede firme la presente.
EDGARDO JORGE CAMPERI
Presidente de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro