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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37443
Fecha: 2008-03-25
Carátula: RAMASCO Carlos c/ GILES Manuel y SALINAS Adela C. S/ Ordinario
Descripción: clausura periodo probatorio.-
//neral Roca, 25 de Marzo de 2008.-
Atento el estado de autos y encontrandose vencido el traslado conferido a fs.442 primer párrafo, declárase la negligencia de la prueba faltante de producción oportunamente ofrecida por la parte actora (TESTIMONIAL de Julio Almendra y Vladimiro Pñatovsky- INFORMATIVA: a Perez Compac SA,, la que no podrá ser producida en esta instancia.-
Clausúrase el período probatorio.-NOT.-
FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secretaria para que las partes aleguen por su orden.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro