Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37443

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-25

Carátula: RAMASCO Carlos c/ GILES Manuel y SALINAS Adela C. S/ Ordinario

Descripción: clausura periodo probatorio.-

//neral Roca, 25 de Marzo de 2008.-

Atento el estado de autos y encontrandose vencido el traslado conferido a fs.442 primer párrafo, declárase la negligencia de la prueba faltante de producción oportunamente ofrecida por la parte actora (TESTIMONIAL de Julio Almendra y Vladimiro Pñatovsky- INFORMATIVA: a Perez Compac SA,, la que no podrá ser producida en esta instancia.-

Clausúrase el período probatorio.-NOT.-

FIRME LA PRESENTE, póngase los autos en Secretaria para que las partes aleguen por su orden.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro