Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38120

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-25

Carátula: HSBC BANK ARGENTINA S.A. c/GONZALEZ Marcos Hernan S/ Ejecutivo

Descripción: regulación acrecidos

//neral Roca, 25 de MARZO de 2008.=

Agréguese y téngase presente lo manifestado.

Regulo por acrecidos los honorarios del Dr. Fabrizio Bertolino en la suma de $300.- los del Dr. Eduardo Saint Martin en la suma de $300.-(M.B. $ 11.290.- capital, honorarios y gastos.- arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro