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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0221/2005
Fecha: 2005-09-05
Carátula: CAMPORA JORGE EDUARDO C/ ANNACARATTO FRANCISCO ANGEL Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: Jorge Eduardo Cámpora
Domicilio: Saavedra 696 (const.)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CAMPORA JORGE EDUARDO C/ ANNACARATTO FRANCISCO ANGEL Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0221/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, agosto 31 de 2.005.- Por razones de mejor servicio y ordenamiento del Juzgado, modifícase la fecha de la audiencia dispuesta a fs. 58, la que se señala para el día 21 de SEPTIEMBRE de 2.005 a las 10.00 horas. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez" La providencia de fs. 58 en su parte pertinente dice: Viedma, junio 24 de 2.005.- ... Atento lo peticionado, el estado de autos y existiendo hechos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase a prueba la presente causa y conforme lo dispone el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día ... a las ... horas a la que deberán comparecer personalmente las partes, munidos de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 10 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese.- Fdo. Dr. Alejandro J. E. Moldes - Juez .-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, septiembre de de 2005.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro