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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36092
Fecha: 2008-03-14
Carátula: FRUTOS DEL DESIERTO S.R.L. c/FRUTEXPORT SRL S/ Secuestro
Descripción: reg.x acrecidos.Préstamo Dr.Epifanio.-
//neral Roca, 14 de Marzo de 2008.-
Al punto I, atento el estado de autos y a los fines requeridos, regulo los honorarios por acrecidos del Dr. HUGO RAUL EPIFANIO en la suma de $ 19.000 y Dr.JUSTO EMILIO EPIFANIO ( actividad cumplida a fs.736) en la suma de $ 2.000 MB: $ 425.019,76 resultante de restar al monto de la planilla liquidación aprobada a fs. 741 de $ 455.419,76 - $ 30.400 -liquidación aprobada a fs.225) y sobre la cual ya se ha regulado.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.- (arts.6, 6 bis, 8, 40 Ley 2212 RN).-
Notifiquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Al punto II, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de TRES DIAS.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro