Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36092

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-14

Carátula: FRUTOS DEL DESIERTO S.R.L. c/FRUTEXPORT SRL S/ Secuestro

Descripción: reg.x acrecidos.Préstamo Dr.Epifanio.-

//neral Roca, 14 de Marzo de 2008.-

Al punto I, atento el estado de autos y a los fines requeridos, regulo los honorarios por acrecidos del Dr. HUGO RAUL EPIFANIO en la suma de $ 19.000 y Dr.JUSTO EMILIO EPIFANIO ( actividad cumplida a fs.736) en la suma de $ 2.000 MB: $ 425.019,76 resultante de restar al monto de la planilla liquidación aprobada a fs. 741 de $ 455.419,76 - $ 30.400 -liquidación aprobada a fs.225) y sobre la cual ya se ha regulado.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.- (arts.6, 6 bis, 8, 40 Ley 2212 RN).-

Notifiquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Al punto II, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de TRES DIAS.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro