Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0146/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-14

Carátula: MOLINA IVANA ALEJANDRA C/ WICIAK OSCAR JUAN Y OTRA S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE SENTENCIA

Descripción: AUTORIZACION PARA COMPENSAR SEÑA (INMUEBLE)

EXPTE. N° 0146/2007

CARATULA: MOLINA IVANA ALEJANDRA C/ WICIAK OSCAR JUAN Y OTRA S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE SENTENCIA

Viedma, marzo de 2.008.-

1.- Conforme lo peticionado, publíquense los edictos ordenados a fs. 80, en el Boletín Oficial y Diario Noticias de la Costa.-

2.- Atento lo solicitado, el estado de autos, lo que surge de la sentencia de fs. 54 y el informe de dominio y gravámenes de fs. 68/70, hágase saber al martillero, sr. Febo Darío Capponi, que en caso de resultar compradora en la subasta la acreedora ejecutante, sra. Ivana Alejandra Molina, la misma se encuentra eximida del pago de la seña correspondiente. Notifíquese y hágase entrega al peticionante de copia certificada de la presente.-

3.- En cuanto a la solicitud de compensación, hágase saber al solicitante que la misma será efectiva en la oportunidad en que deba ser abonado el saldo de precio de la subasta, conforme lo dispuesto en el art. 581 del Código Procesal Civil y Comercial, de acuerdo a lo previsto por los arts. 818 y sgtes. del Código Civil, y con las directivas -en su caso- de los arts. 218, 590 y 591 del Código Procesal Civil y Comercial.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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