Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0725/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-14

Carátula: LAVAYEN JULIAN MARCELO Y OTRO C/ SABBADINI JUAN JOSE ADRIAN Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor Perito: Carlos Armando Riat

Domicilio: Carbajal 1565 (constituído)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "LAVAYEN JULIAN MARCELO Y OTRO C/ SABBADINI JUAN JOSE ADRIAN Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)", Expte. Nº 0725/2004, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, marzo 11, de 2.008.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: -.I. Hacer lugar, parcialmente, a la demanda interpuesta a fs. 20/23 y condenar al sr. Juan José Adrián Sabbadini y a Caja de Seguros S.A. a pagar al sr. Néstor Alberto Lavayen, en el plazo de 10 días, la suma de $ 11.739 en concepto de daño material e intereses -a la tasa mix- calculados al 31/01/08 y al sr. Julián Marcelo Lavayen, en el plazo de 10 días, la suma de $ 8.303 en concepto de daño material, daño moral e intereses -a la tasa mix- calculados al 31/01/08; y de allí en más -en ambos casos- los intereses posteriores a la misma tasa hasta su efectivo pago, conforme el detalle expresado en el considerando 7º.- -.II. Imponer las costas al demandado y su aseguradora (art. 68 C.Pr.), y regular los honorarios profesionales de la Dra. Silvia Aramburú de Uribe en la suma de $ 4.208 (coef. 15 % + 40 %), los del Dr. Mario Salvador Cáccamo en la suma de $ 2.805 (coef. 10 % + 40 %) (M.B.: $ 20.042) y los del perito accidentólogo ingeniero Carlos Armando Riat en la suma de $ 1.500. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- -.III. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, marzo de 2.008.-

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Poder Judicial de Río Negro