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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0460/2005
Fecha: 2008-03-12
Carátula: TAPIA EDITH SUSANA C/ CONTIN NAZARIO RAUL S/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: no hace lugar levantamiento embargo-corres traslado liq.
EXPTE. N° 0460/2005
CARATULA: TAPIA EDITH SUSANA C/ CONTIN NAZARIO RAUL S/ ORDINARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Viedma, marzo de 2008.-
Por contestado el traslado conferido a fs. 96.-
Atento el estado y constancias de autos, la oposición formulada por el ejecutante y habiéndose practicado liquidación por los intereses y gastos devengados, al pedido de levantamiento del embargo y restitución del automotor peticionado por el ejecutado, en este estado, no ha lugar.-
En su mérito de la liquidación practicada córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro