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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0588/2007
Fecha: 2008-03-12
Carátula: BERTORELLO GUSTAVO DAVID Y OTRO C/ SOCIEDAD CIVIL BERTORELLO HERMANOS S/ USUCAPION
Descripción: PRUEBA. ART.368 celebr.-FALTA PRUEBA PLAZO NO ESTA VENCIDO
EXPTE. Nº 0588/2007
CARATULA: BERTORELLO GUSTAVO DAVID Y OTRO C/ SOCIEDAD CIVIL BERTORELLO HERMANOS S/ USUCAPION
Viedma, marzo de 2008.-
1.- Agréguese.-
2.- Atento el estado y toda vez que aún no se ha producido toda la prueba que fuera proveída a fs. 88 y que el plazo para la realización de la misma que fuera fijado a fs. 87 no se encuentra cumplido, hágase saber a las partes que la realización de la audiencia de prueba, en este caso, no implica aún la clausura del término probatorio.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro