Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37421

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-11

Carátula: SOSA Diana Iris c/IDAÑEZ Rubén S/ Ejecutivo (*)

Descripción: regulacion x acrecidos.-

//neral Roca, 11 de Marzo de 2008.-

En atención a lo peticionado y estado de autos, regulo los honorarios profesionales por acrecidos del Dr. OSCAR CATOIRA en la suma $ 65.- Dr. ROBERTO VAZQUEZ en la suma de $ 65.- MB:$ 1.340,40 extracciones realizadas en autos.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts,6,bis, 7 y 8 Ley 212 RN).-

Notifiquese y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro