include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0346/2004
Fecha: 2005-09-02
Carátula: CASTILLO MARIA VICTORIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA) S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: RENUNCIA DE APODERADO
EXPTE No.: 0346/2004
CARATULA: CASTILLO MARIA VICTORIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA) S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, septiembre de 2005.-
Tiénese presente la renuncia efectuada.-
Atento lo dispuesto por el art. 53 punto 2 del C. Pr., intímase a la sra. María Victoria Castillo a comparecer por sí o designar nuevo apoderado en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de continuar el juicio en rebeldía o con los efectos del art. 41 primera parte del C. Pr., según el caso. Notifíquese.-
Hágase saber al presentante que deberá continuar las gestiones hasta tanto se venza el plazo fijado precedentemente, bajo pena de daños y perjuicios.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro