Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31520IV

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-06

Carátula: PARRA SEGURA Miguel c/CAMACHO Eduardo S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena embargo sueldos.

//neral Roca, 06 de Marzo de 2008.-

Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrese oficio a la empleadora EMPRESA NEUQUINA DE SERVICIOS DE INGENIERIA (E.N.S.I.) haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir la $ 164.942,58 en concepto de capital con más la de $ 66.000 calculados para intereses y costas.-

Téngase presente las personas facultadas para su diligenciamiento.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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