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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1225/00/6
Fecha: 2008-03-05
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ KRENZ JORGE ALBERTO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO
EXPTE. Nº: 1225/00/6.-
CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ KRENZ JORGE ALBERTO S/ EJECUTIVO".-
Viedma, marzo de 2.008.-
1.- Agréguese el saldo bancario acompañado.-
2.- Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, JORGE ALBERTO KRENZ como empleado del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la ciudad de La Plata hasta cubrir la suma de $ 1.265,94 en concepto de saldo liquidación aprobada en autos, con más la suma de $ 255 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-
3.- Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Ernesto Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 442,67 por honorarios de la Dra. Ana Carolina Scoccia y la de $ 868,81 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro