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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00267-029-07
Fecha: 2008-03-05
Carátula: RANEA JORGE Y OTROS / MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON Y OTRO S/ AMPARO
Descripción: Autos y Vistos
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIa. CIRCUNSCRIPCION
Expediente Nro.
Tomo:
Auto Sentencia:
Folio:
Secretaria: dra. Alba Posse
San Carlos de Bariloche, de Marzo de 2008.-
VISTOS: Los autos caratulados: " RANEA JORGE Y OTROS C/ MINICIPALIDAD DE EL BOLSON Y OTRO S/ AMPARO", expte. nro. (reg. Cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;----------------
Y CONSIDERANDO: Que en la Sentencia de fs. 84/85, se ha incurrido en error material, al citar la fecha de la audiencia celebrada en autos, debiendo decir "... acta labrada con fecha 22 de febrero del cte. año" donde dice "... acta labrada con fecha 19 de febrero...".- Por ello,-------------
LA CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
RESUELVE: I.- ACLARAR el punto II de la sentencia de fs. 84/85, donde dice : "...acta labrada con fecha 19 de febrero...", debe decir :"...acta labrada con fecha 22 de febrero..."-------------------------------------------------
II.- NOTIFIQUESE, regístrese y protocolícese.-
LUIS MARIA ESCARDO EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO
JUEZ JUEZ JUEZ
ANTE MI: ANGELA ALBA POSSE
Secretaria dde Cámara
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Poder Judicial de Río Negro