Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0066/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-03-04

Carátula: GOLAB NICOLAS PABLO Y OTRA C/ IURI ALFREDO S/ ORDINARIO

Descripción: EMBARGO PREVENTIVO ART.63 y 212 - inmueble y automotor -

EXPTE Nº 0066/2007

CARATULA: GOLAB NICOLAS PABLO Y OTRA C/ IURI ALFREDO S/ ORDINARIO

Viedma, marzo de 2.008.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento lo peticionado, de conformidad con lo previsto en los arts. 63 y 212 inc. 1° del C.Pr. y constancias de autos, trábese embargo preventivo sobre la parte indivisa del inmueble identificado catastralmente como 18-1-C-C80-03 inscripto al tomo 424 folio 121, y sobre el automotor dominio BQC-043 siempre y cuando se encuentren inscriptos a nombre del demandado sr. Alfredo Iuri, por la suma de $ 92.000 en concepto de capital reclamado, con más la suma de $ 9.000 presupuestada para responder a intereses, costas y costos de la presente. A tal fin, líbrense los correspondientes oficios al Registro de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Registro Nacional del Automotor Nº 1 respectivamente, haciéndose constar las personas autorizadas para su diligenciamiento.-

Previo y de conformidad con lo dispuesto en el art. 199 del C.Pr., préstese caución juratoria por ante la Actuaria.-

jc

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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