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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 28820III
Fecha: 2008-03-04
Carátula: BANCO DEL SUD S.A. c/VICENTE Leonardo y O. S/ Ejecutivo
Descripción: Embargo
//neral Roca, 04 de MARZO de 2008.=
Líbrese oficios a las entidades mencionadas a fin de que traben embargo sobre las cuentas corrientes, caja de ahorro, plazos fijos, cuentas reprogramadas, etc a nombre de los demandados -en caso de haberes deberá abstenerse-, hasta cubrir las sumas de $ 3.067.- en concepto de capital con más la de $ 1.200.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Notifíquese a los demandados el embargo ordenado.
La conversión se ha realizado en razón de U$S 1.-= $ 1.- ley 25.820.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro