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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36884
Fecha: 2005-09-02
Carátula: BORDONI Laura Elda c/BARRIENTOS Silvia S/ Sumario
Descripción: Homologa. acuerdo
//neral Roca, 2 de SETIEMBRE de 2005._
Agréguese, téngase presente el acuerdo suscripto por las partes homológase el mismo con fuerza de sentencia. NOT.
Hágase saber del acuerdo a ANDREA BEATRIZ SCHWERDT. NOT.
Téngase presente los honorarios pactados respecto al Dr. Fernando E. Detlefs.
Regulo los honorarios del Dr. Jorge A. Gómez en la suma de $..36.....- los del Dr. Ariel A. Balladini en la suma de $90- (M.B. $ 1.000.- arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro