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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0899/2007
Fecha: 2008-02-29
Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN
EXPTE Nº 0899/2007
CARATULA: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Viedma, febrero de 2.008.-
Agréguese la cédula recibida.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no han sido adjuntadas a la misma las copias pertinentes y toda vez que el traslado ordenado a fs. 106 debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 120 del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro