Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37955

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-26

Carátula: CAMPERI Mirta S. y otros c/FABRICA Jose Antonio S/ Sumarísimo

Descripción: a cédula

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CEDULA DE NOTIFICACION

Sr. JOSE ANTONIO FABRICA

Dra. ANDREA ROSSANA BELLESI

DOMICILIO: ESTADOS UNIDOS 457 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CAMPERI MIRTA SUSANA y OTROS C/FABRICA JOSE ANTONIO S/SUMARISIMO" (Expte. 37.955-III-07) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 25 de febrero de 2008....FALLO: Rechazando la demanda de desalojo promovida por MIRTA SUSANA CAMPERI, CLAUDIO MARCELO CAMPERI y OMAR DANIEL CAMPERI contra JOSE ANTONIO FABRICA, con costas. Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a ese fin.-Notifíquese y regístrese. Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Se acompaña copia de sentencia N* 06 Folio 20/1 pag. 55/6

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 26 de febrero de 2008 .-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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CEDULA DE NOTIFICACION

Sres. MIRTA SUSANA CAMPERI - CLAUDIO MARCELO CAMPERI- OMAR DANIEL CAMPERI

Dr. MIGUEL PARRA SEGURA

DOMICILIO: SAN MARTIN 1479 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CAMPERI MIRTA SUSANA y OTROS C/FABRICA JOSE ANTONIO S/SUMARISIMO" (Expte. 37.955-III-07) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 25 de febrero de 2008....FALLO: Rechazando la demanda de desalojo promovida por MIRTA SUSANA CAMPERI, CLAUDIO MARCELO CAMPERI y OMAR DANIEL CAMPERI contra JOSE ANTONIO FABRICA, con costas. Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se alleguen elementos estimativos a ese fin.-Notifíquese y regístrese. Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Se acompaña copia de sentencia N* 06 Folio 20/1 pag. 55/6

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 26 de febrero de 2008 .-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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