Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0467/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-09-01

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ EGLER NORA CATALINA S/ ORDINARIO

Descripción: INICIA DEMANDA

EXPTE N° 0467/2005

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ EGLER NORA CATALINA S/ ORDINARIO.-

Viedma, septiembre de 2005.-

Por presentada, parte a tenor del poder que se agrega y por constituido el domicilio. Agréguese la documentación acompañada y resérvese en Secretaría la original.-

Toda vez que la demás documental acompañada carece de validez, por tratarse de copias simples, devuélvanse las mismas a su presentante.-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del C.P.C.C.), córrase traslado de ella a la demandada por el término de dieciocho (18) días, a quien se cita y emplaza para que la conteste en el plazo indicado, bajo apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del Cód. Procesal, oponga excepciones dentro del plazo de ley y acompañe la documental de que intente valerse (arts. 333, 346 y 356 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 135 inc. 1º y 339). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

Acompáñense copias para traslado de la documental obrante a fs. 23/42.-

A lo demás, oportunamente.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse reservado documentación varia bajo registro R - 25/05 y de haberse desglosado un listado de inventario de operaciones al 29/02/96 en 2 fs. con copias. Conste.-

SECRETARIA, septiembre de 2005.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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