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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0509/2006
Fecha: 2008-02-22
Carátula: VALLE JORGE DAVID C/ FAN JUAN JUAN Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: AGREGA MINUTA DE PRUEBA - CORRE TRASLADO SUSP. AUD.
EXPTE. Nº : 0509/2006.-
CARATULA: VALLE JORGE DAVID C/ FAN JUAN JUAN Y OTRO S/ ORDINARIO.-
Viedma, febrero de 2008.-
Al escrito de fs. 157/158:
Tiénese presente la minuta de prueba acompañada y póngase la misma a consideración de la contraparte.-
Al escrito de fs. 159:
Por presentado, en el carácter de gestor procesal y con domicilio ya constituído. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
De lo peticionado, córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-
Toda vez que la documentación acompañada carece de valor legal, por tratarse de una fotocopia simple, devuélvase la misma a su presentante.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse devuelto una fotocopia simple. Conste.-
Secretaría, febrero de 2.008.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro