Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0128/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-21

Carátula: SCATENA RICARDO ALBERTO Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULAS DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: Consejo Profesional de Ciencias Económicas

Domicilio: A. Barros 639 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SCATENA RICARDO ALBERTO Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0128/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, febrero 19 de 2.008.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: ---.I. Rechazar la excepción de prescripción opuesta por la demandada a fs. 190, con costas (art. 68 del C.Pr.) y regular los honorarios de las Dras. Ethel Burgos y Paola Bernardini, en conjunto, en la suma de $ 250 (5 jus) y los del Dr. Carlos Marcelo Valverde en la suma de $ 150 (3 jus). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- ---.II.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 60/65 por los sres. Ricardo Alberto Scatena y Jovita Victoria Belloso contra el Banco Hipotecario S.A disponiendo la revisión del contrato de mutuo con garantía hipotecaria que suscribiera la parte actora con el Banco Hipotecario Nacional y en consecuencia: 1°) anular la última parte de la cláusula I) de la escritura n° 75 del 23/06/1995 conforme los términos dispuestos en el considerando 5°; y, 2°) condenar al Banco Hipotecario S.A. a pagar a los sres. Ricardo Alberto Scatena y Jovita Victoria Belloso en el plazo de 10 días, la suma de $ 6.966 en concepto de capital e intereses calculados al 31/01/08, y de allí en más los intereses posteriores a la tasa mix hasta su efectivo pago.- ---.III. Imponer las costas a la parte demandada y regular los honorarios profesionales de las Dras. Ethel Burgos y Paola Bernardini, en conjunto, en la suma de $ 1.976 (coef. 15 % + 40 %), los del Dr. Carlos Marcelo Valverde en la suma de $ 1.054 (coef. 8 % + 40 %), los del perito contador sr. Luis Spigariol en la suma de $ 470 (5 %) con más la de $ 23,50 (5 %) correspondiente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y los de la consultora técnica sra. Lucía Lo Sardo en la suma de $ 282 (coef. 3 %), con más la de $ 14 (5 %) correspondiente al Consejo (MB: $ 9.408,31). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- ---.IV. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, febrero de 2.008.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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