Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37895

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-21

Carátula: PINO Jorge Guillermo y otros c/I.P.P.V. y Provincia de Río Negro S/ Ordinario

Descripción: ORDINARIO: Contra PROVINCIA

General Roca, 21 de febrero de 2008.-

Téngase presente lo manifestado y de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de treinta y cinco días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula directa al Gobernador, Fiscal de Estado y al I.P.P.V.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro