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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37723
Fecha: 2008-02-21
Carátula: FLORES Nora Emilia y otros c/CHOILAO Anselmo S/ Acción de nulidad
Descripción: efectiva la multa
General Roca, 21 de febrero de 2008.-
Hágase efectivo el apercibimiento dispuesto por los artículos 398 y 399 del C.P.C. y aplícase a la Dirección de Tierras y Colonias Secretaría de Estado de la producción y ministerio de Economía de la pcia de Rio Negro, una multa de $ 40 diarios desde la notificación del presente proveído, hasta el cumplimiento de lo ordenado mediante oficio11 de diciembre de 2007 y que fuera recibido el 14.12.2007 por Juan Carlos Sandoval, Personal de Mesa de Entradas, Ministerio de Producción.-
Asimismo líbrese oficio al Ministerio de Gobierno a fin de poner en conocimiento del incumplimiento de la repartición mencionada precedentemente, a los efectos que correspondan.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro