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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0899/2007
Fecha: 2008-02-20
Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: INTERPONE EXCEPCIONES
EXPTE. Nº 0899/2007
CARATULA: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUCION FISCAL
Viedma, febrero de 2.008.-
Por presentado, parte y por constituído domicilio.-
Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaria los 3 recibos de pago.-
Toda vez que las demás piezas acompañadas carecen de validez legal por ser impresos sin firma ni sello alguno y fotocopias simples, devuélvanse las mismas a su presentante.-
Por opuestas excepciones, de las mismas, de la documental presentada y del planteo de suspensión del proceso efectuado a fs 80 ap. II, córrase traslado a la actora por el término de ley. Notifíquese.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la Ley 2.897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro M-01/08. Conste.-
Secretaría, febrero de 2008.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro