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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0208/2007
Fecha: 2008-02-20
Carátula: DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ CORVALAN ROBERTO SAMUEL S/ APREMIO
Descripción: REMATE EJECUCION FISCAL
Viedma, febrero de 2.008.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/ CORVALAN ROBERTO SAMUEL S/ APREMIO", (Expte. Nº 0208/2007); y
CONSIDERANDO:
Que el título es ejecutivo (art. 604 del Código Procesal Civil y Comercial).-
Que el demandado no opuso excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el último párrafo del Art. 542 del Código Procesal Civil y Comercial (t.o. Ley 2208).-
Por ello;
RESUELVO:
I.- Llevar adelante la ejecución en contra de ROBERTO SAMUEL CORVALAN, condenándolo a pagar a la DIRECCION GENERAL DE RENTAS la suma de $ 10.031 en concepto de capital reclamado e intereses que resultan de promediar las tasas activa y pasiva que aplica el Banco de la Nación Argentina desde el 03-04-2007 y hasta el 31-01-2008 (conforme S.T.J. in re "CALFIN"), y de allí en más igual tasa hasta el efectivo pago.-
II.- Imponer las costas del presente juicio al ejecutado (Art. 68 del C. Pr.).-
III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. MARIA LAURA SOSA en la suma de $ 1.159 M.B.: $ 10.031 coef. 11% red. en un 25% y 40%. (Arts. 7, 9, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro