Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34689

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-20

Carátula: VILLANOVA Víctor R. c/PISTAGNESI Jorge N. S/ Ejecutivo

Descripción: reg.x acrecidos.-

//neral Roca, 20 de Febrero de 2008.-

Regulo los honorarios profesionales por acrecidos del Dr. JESUS PABLO MAIDA en la suma de $ 230.-MB:$ 4.136,55 extracciones realizadas en autos.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, compeljidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 y 8 Ley 2212 RN).-

Cúmplase con la Ley 869.-

Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs.19, éste concepto, a lo solicitado no ha lugar.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro