Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36893

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-20

Carátula: FLORES Carmelo c/FLORES Pedro S/ Interdicto de retener

Descripción: Cumplir con 869///se desglosa expte

General Roca, 20 de febrero de 2008.-

Previo a lo solicitado deberá darse cumplimiento con la ley 869.-

Atento el estado de autos, devuélvase a la Dirección General de Catastro e Información Territorial el expte 84/05 Iniciador: Flores Carmelo, Clasificación: Mensura Particular para tramitar prescripción adquisitiva de dominio.-

Para su cumplimiento líbrese oficio.-

Déjense las debidas constancias.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-

JOSÉ A. VILLACORTA

Jefe de Despacho

esto quedo en el expte. administrativo

"Dirección General de Catastro e Información Territorial el expte 84/05 Iniciador: Flores Carmelo, Clasificación: Mensura Particular para tramitar prescripción adquisitiva de dominio".-

General Roca, 20 de febrero de 2008-

Sr. Director General

de Catastro y Topografía

S / D

Oficio N* ...........-III-08

La Dra. María Del Carmen Villalba, Secretaria del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Tres, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, con sede en Avda. Roca. 1047 de esta ciudad, tiene el agrado de dirigirse a ud. en estos autos caratulados: “FLORES CARMELO C/FLORES PEDRO S/INTERDICTO DE RETENER" (36.893-III-05) a fin de remitirle en devolución el expte. administrativo:"Dirección General de Catastro e Información Territorial el expte 84/05 Iniciador: Flores Carmelo, Clasificación: Mensura Particular para tramitar prescripción adquisitiva de dominio".-

La providencia que lo ordena dice: General Roca, de febrero de 2008.-Previo a lo solicitado deberá darse cumplimiento con la ley 869.-Atento el estado de autos, devuélvase a la Dirección General de Catastro e Información Territorial el expte 84/05 Iniciador: Flores Carmelo, Clasificación: Mensura Particular para tramitar prescripción adquisitiva de dominio.-Para su cumplimiento líbrese oficio.-Déjense las debidas constancias.Fdo. Susana Teresa Burgos. Juez.-

Sin otro particular, saludo a Ud. atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro