Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0895/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-19

Carátula: SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO SOCIEDAD ANONIMA (S.A.E.R.S.A.) S/ PETICION DE QUIEBRA

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO -Dr. Gaitan

Domicilio: GARRONE 230 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SERVICIO DE APOYO ESCOLAR RIONEGRINO SOCIEDAD ANONIMA (S.A.E.R.S.A.) S/ PETICION DE QUIEBRA ", Expte. Nº 0895/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, febrero 6 de 2.008.-Por presentado y domiciliado. Agréguese la documental acompañada y resérvese la restante en Secretaría.-Previo a todo acredítese la representación invocada.-Sin perjuicio de ello, atento el estado y constancias de autos, intímase al peticionante a dar cumplimiento con el requisito previsto en el art. 6, primer párrafo de la L.C.Q. (resolución del órgano de administración), como así también detallar y acompañar los libros contables de la empresa (conf. art. 11 inc. inc. 6° L.C.Q.) y dar cumplimiento con lo dispuesto en el art. 11 inc. 5° de la L.C.Q., debiendo acompañar asimismo las memorias en original correspondientes a los restantes balances (conf. art. 11 inc. 4° L.C.Q.), todo ello en el plazo de 10 días. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de febrero de 2008.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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