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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35431
Fecha: 2008-02-18
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/URIBE Fabián A. S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena mand.se decreta inhibición.-
//neral Roca, 18 de Febrero de 2008.-
Al punto I, siendo la documental agregada a fs.24/27 base de la excepción interpuesta por el demandado a fs.28/29, al desglose solicitado no ha lugar.-
Al punto II, líbrese contra el demandado mandamiento de embargo por la suma de $ 2.364,90 en concepto de capital con más la de $ 1.000 calculados para intereses y costas.-
Al punto III, en atención a lo solicitado, decrétase la inhibición general del accionado para vender y/o gravar sus bienes a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios al RPI y RPA correspondientes.-
Téngase presente los datos filiatorios denunciados.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro