Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0032/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-18

Carátula: RAGO GRACIELA SUSANA C/ CRESPO SILVIA BEATRIZ Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: PREVIO

EXPTE. Nº : 0032/2008.-

CARATULA: RAGO GRACIELA SUSANA C/ CRESPO SILVIA BEATRIZ Y OTRA S/ ORDINARIO.-

Viedma, febrero de 2008.-

Por presentada, parte y constituído el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada, devolviéndose la demás a sus presentantes por carecer de validez legal, ello por tratarse de copias simples o por no encontrarse suscriptas por autoridad alguna .-

Previo a todo, óblense los sellados y aportes de ley correspondientes.-

Asimismo y conforme lo manifestado en el último párrafo del punto 3 del escrito de demanda (fs. 36), se deberá acreditar la mediación denunciada.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse devuelto a sus presentante la siguiente documentación: Res. nº 1468/98; Nota nº 112/98; Nota de fecha 30/07/97; planilla de decl. jurada de cargos y actividades; 9 croquis; un plano; hoja de cómputo de estructura; memoria de cálculo en 21 fs.; recomendaciones y planillas de la ANSES en 4 fs.. Conste.-

Secretaría, febrero de 2.008.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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