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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0032/2008
Fecha: 2008-02-18
Carátula: RAGO GRACIELA SUSANA C/ CRESPO SILVIA BEATRIZ Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: PREVIO
EXPTE. Nº : 0032/2008.-
CARATULA: RAGO GRACIELA SUSANA C/ CRESPO SILVIA BEATRIZ Y OTRA S/ ORDINARIO.-
Viedma, febrero de 2008.-
Por presentada, parte y constituído el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada, devolviéndose la demás a sus presentantes por carecer de validez legal, ello por tratarse de copias simples o por no encontrarse suscriptas por autoridad alguna .-
Previo a todo, óblense los sellados y aportes de ley correspondientes.-
Asimismo y conforme lo manifestado en el último párrafo del punto 3 del escrito de demanda (fs. 36), se deberá acreditar la mediación denunciada.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse devuelto a sus presentante la siguiente documentación: Res. nº 1468/98; Nota nº 112/98; Nota de fecha 30/07/97; planilla de decl. jurada de cargos y actividades; 9 croquis; un plano; hoja de cómputo de estructura; memoria de cálculo en 21 fs.; recomendaciones y planillas de la ANSES en 4 fs.. Conste.-
Secretaría, febrero de 2.008.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro