Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31234III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-15

Carátula: ANTON Francisco c/BERTI vda. de Licciardi Hilda S/ Prescripción Adquisitiva

Descripción: A cedula

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CEDULA DE NOTIFICACION

FRANCISCO CASTAÑEDA

RODHE 1536 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ANTON FRANCISCO C/BERTI VDA DE LICCIARDI HILDA S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (31.234-III-98) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 28 de noviembre de 2007. -No habiéndose discutido la procedencia ni entidad de las mejoras, sino la posesión del inmueble, cabe determinar como monto base la suma de $280.000 que surge de fs.365.- Encontrándose firme la tasación de fs.364/82, regulo los honorarios del perito tasador Francisco Castañeda en la suma de $ 3.000.- (art. 28 ley 2.051).-Regulo los honorarios profesionales del Dr. Carlos Gaya en $ 3.000.- del Dr. Roberto Gustavo Joison en $ 25.200.- y de Ramón Marcos Contreras Colombo en $ 30.600.- (Arts. 6, 6 bis, 7 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 15. de febrero de 2008.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

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CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ANTON FRANCISCO C/BERTI VDA DE LICCIARDI HILDA S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (31.234-III-98) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 28 de noviembre de 2007. -No habiéndose discutido la procedencia ni entidad de las mejoras, sino la posesión del inmueble, cabe determinar como monto base la suma de $280.000 que surge de fs.365.- Encontrándose firme la tasación de fs.364/82, regulo los honorarios del perito tasador Francisco Castañeda en la suma de $ 3.000.- (art. 28 ley 2.051).-Regulo los honorarios profesionales del Dr. Carlos Gaya en $ 3.000.- del Dr. Roberto Gustavo Joison en $ 25.200.- y de Ramón Marcos Contreras Colombo en $ 30.600.- (Arts. 6, 6 bis, 7 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 15. de febrero de 2008.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

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CEDULA DE NOTIFICACION

DR. ROBERTO JOISON

SARMIENTO 1.293 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “ANTON FRANCISCO C/BERTI VDA DE LICCIARDI HILDA S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” (31.234-III-98) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 28 de noviembre de 2007. -No habiéndose discutido la procedencia ni entidad de las mejoras, sino la posesión del inmueble, cabe determinar como monto base la suma de $280.000 que surge de fs.365.- Encontrándose firme la tasación de fs.364/82, regulo los honorarios del perito tasador Francisco Castañeda en la suma de $ 3.000.- (art. 28 ley 2.051).-Regulo los honorarios profesionales del Dr. Carlos Gaya en $ 3.000.- del Dr. Roberto Gustavo Joison en $ 25.200.- y de Ramón Marcos Contreras Colombo en $ 30.600.- (Arts. 6, 6 bis, 7 de la ley 2212).-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 15. de febrero de 2008.-

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María del C. Villalba

Secretaria

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