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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 22443/07
Fecha: 2008-02-14
Carátula: UNTER S/ AMPARO
Descripción: Sentencia.céd.
///MA, 14 de febrero de 2008.-
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “UNTER S/ AMPARO" (Expte.N°22443/07-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Que a fs.5/11 comparece el doctor Guerino Angel Curzi en carácter de Apoderado de la Unión de Trabajadores de la Educación de la Provincia de Río Negro interponiendo acción de amparo contra el Instituto Provincial de Seguro de Salud; encausada a fs.14 en los términos de la ley 2779.- - - - - - - - - - - - - --
-----Que admitida la legitimación de la accionante y tramitada la causa conforme las normas de la citada Ley 2779, a fs.60 se celebra la audiencia prevista por el art.16 de la misma ley.- - - -----Conforme la audiencia celebrada con fecha 27 de diciembre de 2007, se arribó a un acuerdo que corresponde homologar judicialmente, cuyo texto se transcribe a continuación: - - - - -
-----“En la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro, siendo las 9 hs. del día 27 de diciembre de 2007, en la Sala de Audiencias del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, en los autos caratulados: “UNTER S/AMPARO” (Expte.Nº 22443/07-STJ-), con la presencia del Sr. Presidente del STJ, Dr. Víctor Hugo SODERO NIEVAS, y del actuario, Dr. Ezequiel Lozada, se reanuda la audiencia fijada en autos, según los términos del art. 16 de la ley 2779. Comparecen a la misma: Por la parte actora: el Dr. Guerino CURZI, apoderado de la UNTER, con Marcelo NERVI, Sec. General de la misma.- Por el IPROSS, su Presidente, el Dr. Alcides PINAZO, e Iván BELLOSO, en carácter de Asesor Legal.- Abierto el acto, el señor Presidente concede la palabra a las partes. En primer lugar el IPROSS informa que el corte de farmacias ha quedado superado en el día de la fecha en toda la Provincia.- A continuación las partes acuerdan: 1) el IPROSS se compromete ante un nuevo corte del servicio de farmacias, ajeno a la Obra Social, a garantizar la provisión de medicamentos para los afiliados a través de los hospitales o farmacias propias en cualquier localidad de la Provincia.- 2) se compromete además a transformar la guardia pasiva que actualmente brinda la Cooperativa La Merced en la localidad de El Bolsón, en guardia activa permanente a partir del mes de enero de 2008.- 3) el IPROSS se compromete a cancelar en primer término los reintegros de más de seis meses de antigüedad y a presentar en los primeros diez días del mes de febrero de 2008 un cronograma de cancelaciones de reintegros adeudados en toda la Provincia. No siendo para más, se dio por finalizado el acto, firmando los comparecientes, por ante mi Secretario autorizante que doy fe.-Siguen las firmas”.- - - - - - - - - - --
-----Que posteriormente, a fs. 75/76 la Fiscalía de Estado toma participación en estos autos y ratifica lo actuado por el IPROSS en las presentes actuaciones, manifestando que el mismo no ha excedido de modo alguno las competencias que le caben como organismo autárquico.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
-----Por ello, corresponde homologar el acuerdo transcripto precedentemente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
EL SEÑOR JUEZ DEL
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
DOCTOR VICTOR HUGO SODERO NIEVAS
R E S U E L V E:
Primero: Homologar el acuerdo transcripto en los considerandos arribado por el Apoderado y el Secretario General de U.N.T.E.R y el señor Presidente del I.Pro.S.S..- - - - - - - - - - - - - - --
Segundo: Costas en el orden causado, atento como se resuelve la cuestión (art.72 Cód.Proc.Civ. y Com.).- - - - - - - - - - - - -
Tercero: Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.- - - Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro