Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1693/01/6

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-31

Carátula: DIESEL CAR (Sociedad de Hecho) S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: CEDULA NOTIFICACION - DECLARA CADUCIDAD INST

C E D U L A

Señor: Caja Forense

Domicilio: Belgrano 80 (const)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "DIESEL CAR (Sociedad de Hecho) S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS ", Expte. Nº 1693/01/6, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica , sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, agosto 29 de 2.005.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Declarar la caducidad de la instancia en las presentes actuaciones.-II.- Imponer las costas a la parte actora (art. 73 del C. Pr.) y regular los honorarios profesionales de los Dres. Ana Carolina Soccia y Carlos Alberto Larrañaga, en conjunto, en la suma de $ 120 (3 jus). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869, entendiendo que transcurridos 10 días sin registrarse oposición alguna se considerará a dicho organismo suficientemente garantizado a tenor del art. 20 última parte de la ley 869, sin perjuicio de las facultades que otorga el art. 29 de la ley citada.- III.- Regístrese, protocolícese, notifíquese y archívense, remitiéndose oportunamente al Archivo del Poder Judicial.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de agosto de 2005.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro