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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36977
Fecha: 2008-02-13
Carátula: PUERTA de Martinez Alicia c/CHEEK S.A. S/ Ordinario
Descripción: Negligencia-Clausura
//neral Roca, 13 de FEBRERO de 2008.=
No habiendo la parte demandada instado la produción de la prueba faltante -Informativa y testimonial según certificación de fs. 1180-, decrétase la negligencia de las mismas, la que no podrá producirse en ésta instancia.
Consecuentemente, clausúrase el período probatorio . NOT.
Firme la presente pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro