Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36977

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-13

Carátula: PUERTA de Martinez Alicia c/CHEEK S.A. S/ Ordinario

Descripción: Negligencia-Clausura

//neral Roca, 13 de FEBRERO de 2008.=

No habiendo la parte demandada instado la produción de la prueba faltante -Informativa y testimonial según certificación de fs. 1180-, decrétase la negligencia de las mismas, la que no podrá producirse en ésta instancia.

Consecuentemente, clausúrase el período probatorio . NOT.

Firme la presente pónganse los autos en Secretaría a fin de que las partes aleguen por su orden.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro