Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37109

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-13

Carátula: CREDIL S.R.L. C/GALINDO Lorenzo Victor S/ Ejecutivo

Descripción: REGULACION X ACRECIDOS.-

//neral Roca, 13 de Febrero de 2008.-

Regulo los honorarios por acrecidos de la Dra.MARCELA ADRIANA SAITTA en la suma de $ 100.-.MB:$ 1538,50 extracciones realizadas en autos.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.- (arts,6, 6 bis, 7, 8 Ley 2212 RN).-

Cúmplase con la Ley 869.-

Respecto de los honorarios por complementarios, comprendiendo suficientemente el importe de fs,27, este concepto, a lo solicitado, no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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