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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14380-208-07
Fecha: 2008-02-13
Carátula: SEGNINI CLAUDIO DIEGO / EDERSA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:14380-208-07
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 13 DE FEBRERO DE 2008.- VISTOS: Los autos caratulados: “SEGNINI Claudio Diego c/ EDERSA s/DAÑOS y PERJUICIOS”, expte. nro. 14380-208-2007 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
Y CONSIDERANDO:
Que se ha omitido la remisión de la causa penal a la cual hacen referencia tanto el sr. Juez a quo cuanto las partes, caratulada: “Segnini, Claudio s/ denuncia daño” (expte. n° 513/03), en trámite por ante el Juzgado de Instrucción n° 4.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL;
RESUELVE:
1°) requerir la remisión de la causa penal referenciada ad effectum videndi et probandi, a cuyo fin: ofíciese. Confección y diligenciamiento del oficio, a cargo de la recurrente.
2°) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí decidido, disponiendo que oportunamente se practique nuevo cómputo de plazos para fallar en definitiva.-
c.t.
Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Ante Mí: Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro