Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38061

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-11

Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/DIACO Omar Antonio S/ Ejecutivo

Descripción: librese oficio

//neral Roca, 11 de FEBRERO de 2008.=

Líbrese nuevo oficio al Registro de Propiedad del Inmueble en las mismas condiciones establecidas a fs.11 haciendo saber a dicho organismo que deberá proceder a inscribir el embargo en forma definitiva en razón de que la cláusula de inembargabilidad es inoponible a las deudas por impuesto inmobiliario.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

j

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro