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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38061
Fecha: 2008-02-11
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/DIACO Omar Antonio S/ Ejecutivo
Descripción: librese oficio
//neral Roca, 11 de FEBRERO de 2008.=
Líbrese nuevo oficio al Registro de Propiedad del Inmueble en las mismas condiciones establecidas a fs.11 haciendo saber a dicho organismo que deberá proceder a inscribir el embargo en forma definitiva en razón de que la cláusula de inembargabilidad es inoponible a las deudas por impuesto inmobiliario.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro