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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36307
Fecha: 2008-02-08
Carátula: NICOSIA Luis Cesar c/PROVINCIA RIO NEGRO S/ Ordinario
Descripción: Ordena traslado
//neral Roca, 08 de FEBRERO de 2008.-
Por presentado en el carácter invocado (art. 48 CPC), gestión que deberá ser ratificada oportunamente y con nuevo domicilio constituído.-
Cúmplase con lo dispuesto por el art. 48 ley 2897.-
Estando vencido el plazo otorgado a fs. 111 (según constancia de fs. 114 vta.), cúmplase con el traslado de la demanda según lo ordenado a fs. 103.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro