Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 27632III

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-07

Carátula: JENSEN Néstor A. c/KISSNER Atilio S/ Ejecutivo

Descripción: a cedula

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

JENSEN NESTOR ANIBAL

DR. GERARDO JOSE TEJEDA

MORENO 1435 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “jensen nestor anibal c/kissner atilio s/ejecutivo" (27.632-III-94)” que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la RESOLUCION que dice: General Roca, 6 de febrero de 2.008.-... FALLO: Esta causa de trance y remate, mandado llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Atilio Kissner haga al acreedor Néstor Anibal Jensen íntegro pago del capital reclamado de $ 340- con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC); regulándose en tal concepto los honorarios del Dr. Gerardo José Tejeda en la suma de $ 100- . (art. 6,7 y 40 de la ley 2212).-...Notifíquese y regístrese.--Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 07 de febrero de 2008.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “jensen nestor anibal c/kissner atilio s/ejecutivo" (27.632-III-94)” que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la RESOLUCION que dice: General Roca, 6 de febrero de 2.008.-... FALLO: Esta causa de trance y remate, mandado llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Atilio Kissner haga al acreedor Néstor Anibal Jensen íntegro pago del capital reclamado de $ 340- con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC); regulándose en tal concepto los honorarios del Dr. Gerardo José Tejeda en la suma de $ 100- . (art. 6,7 y 40 de la ley 2212).-...Notifíquese y regístrese.--Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 07 de febrero de 2008.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro