Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 32283IV

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-07

Carátula: DI MEO Juan C. c/EXPLOT. INACAYAL sca S/ Ejecución Hipotecaria (Ex-26.689-J5-02)

Descripción: regulacion.-

//neral Roca, 7 de Febrero de 2008.-

Al punto I, agréguese y téngase presente.-

Al punto II, regulo los honorarios profesionales por acrecidos de la Dra. JUDITH MARTHA MARCO en la suma de $ .4000.MB:$ 125.000.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorario se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.- (arts, 6, 6 bis, 7 Ley 2212 RN).-

Notifiquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro