Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37079

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-06

Carátula: CREDIL S.R.L. C/JUAN Guillermo S/ Ejecutivo

Descripción: A CHEQUE-regula acrecidos

//neral Roca, 06 de FEBRERO de 2008.=

Agréguese.

Téngase presente la caución personal ofrecida y la conformidad de Caja Forense formulada en el otro si digo.

Líbrese cheque a la orden de Marcela A. Saitta por la suma de $ 118,72.- en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs.106.

Atento el estado de autos, regulo por acrecidos los honorarios de la Dra. Marcela A. Saitta en la suma de $ 100.-(M.B. 667,31.- planilla de fs. 65 y 106 arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En........se libró cheque N°........-CONSTE.

En.........retiro cheque Dra. SAITTA. Conste.

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Poder Judicial de Río Negro