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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37080
Fecha: 2005-08-31
Carátula: HIDALGO Gladis Beatriz C/GONZALEZ Viviana S/ Ejecutivo
Descripción: Embargos-A RESOLVER
//neral Roca, 31 de AGOSTO de 2005._
Téngase por iniciada la ejecución de sentencia a cuyo fin líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por el demandado en cualquier concepto -sueldo, comisiones, horas extras, etc-, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 500.- en concepto de capital con más la de $ 250.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia Sudameris SA.
Cítese de venta por el término de CINCO DIAS. NOT.
Respecto a la apelación arancelaria, pasen los presentes a RESOLVER.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro