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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36282
Fecha: 2005-08-31
Carátula: CREDIL S.R.L. C/URRA Omar David S/ Ejecutivo
Descripción: se amplia embargo.-
//neral Roca, 31 de Agosto de 2005.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Atento el estado de autos, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 1317 en concepto de capital con más la suma de $530 calculados para intereses y costas.
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia Sudameris SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Se deja constancia que la suma del embargo ordenado surge de restar al capital de sentencia de fs.21 ($ 1.724) las extracciones realizadas a fs.46 ($ 69) fs.49 ($ 161) fs.56 ($ 177).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro