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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0529/89/6
Fecha: 2008-02-05
Carátula: BANCO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZABALETA ISMAEL J. Y OTRO S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Descripción: EMBARGO INMUEBLES
EXPTE. No.: 0529/89/6
CARATULA: BANCO DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZABALETA ISMAEL J. Y OTRO S/ EJECUCION HIPOTECARIA
Señor Juez:
Informo a Ud. que las presentes actuaciones han sido solicitadas en préstamo por la Dra. María Lucrecia Rodrigo, habiendo sido retiradas por personal del estudio, comprobándose que al ser devueltas con un escrito, las mismas presentan evidencias de haber sido mojadas por lo cual parte de sus contenidos escritos se encuentran borroneados. Conste.-
Secretaría, febrero de 2008.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
Viedma, febrero de 2008.-
Tiénese presente lo informado. Atento ello hágase saber a la Dra. María Lucrecia Rodrigo que en lo sucesivo deberá extremar el cuidado de las actuaciones.-
De conformidad a lo solicitado, trábese embargo sobre el inmueble hipotecado (conf. fs. 162), por la suma de $ 144.133,43 en concepto de capital de sentencia (conf. liq. fs. 105/106) descontado el pago denunciado a fs. 149, con más la suma de $ 394.466 presupuestada para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, siempre y cuando se encuentre a nombre del demandado, Ismael Jóse Zabaleta. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de Río Negro, tiénese presente las personas autorizadas a diligenciarlo.-
En su mérito desparalícense las presentes actuaciones.-
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Poder Judicial de Río Negro