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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 29188III
Fecha: 2008-02-05
Carátula: VILLANOVA HOGAR c/RINALDI María J. S/ Ejecutivo
Descripción: A cédula
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CEDULA DE NOTIFICACION
SERGIO MARIO BAROTTO Y JUAN CARLOS ELIZONDO
VILLANOVA HOGAR
SANTA CRUZ 1770 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “VILLANOVA HOGAR C/RINALDI MARIA JUANA S/EJECUTIVO" (29.188-III-96) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 4 de febrero de 2008.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios de los Dres. Sergio Mario Barotto y Juan Angel Elizondo, en $ .45....... y $ ...45...... respectivamente (MB: $ 463-)Atento lo dispuesto por la Ley 25820 se ha procedido a convertir U$S1= $1.-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs. 7- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 05 de febrero de 2008.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “VILLANOVA HOGAR C/RINALDI MARIA JUANA S/EJECUTIVO" (29.188-III-96) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 4 de febrero de 2008.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios de los Dres. Sergio Mario Barotto y Juan Angel Elizondo, en $ .45....... y $ ...45...... respectivamente (MB: $ 463-)Atento lo dispuesto por la Ley 25820 se ha procedido a convertir U$S1= $1.-Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs. 7- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, 05 de febrero de 2008.-
...............................................
María del C. Villalba
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro