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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36636
Fecha: 2008-02-04
Carátula: CHAIMA Ricardo Omar y otro S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: A RENTAS
//neral Roca, 4 de FEBRERO de 2008.=
Agréguese.
Téngase presente la ratificación de gestión realizada.
De las pruebas producidas, traslado por cinco y diez días. Notifíquese a los futuros demandados con entrega de copias de las pruebas producidas, atento no haberse notificado las audiencias fijadas, a cuyo fin líbrese cédula y cédula directa a Viedma.
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Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro