Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36636

N° Receptoría:

Fecha: 2008-02-04

Carátula: CHAIMA Ricardo Omar y otro S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: A RENTAS

//neral Roca, 4 de FEBRERO de 2008.=

Agréguese.

Téngase presente la ratificación de gestión realizada.

De las pruebas producidas, traslado por cinco y diez días. Notifíquese a los futuros demandados con entrega de copias de las pruebas producidas, atento no haberse notificado las audiencias fijadas, a cuyo fin líbrese cédula y cédula directa a Viedma.

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Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro