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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37448
Fecha: 2007-12-28
Carátula: MUNICIPALIDAD VILLA REGINA c/ FIDELIBUS Gustavo Federico S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena embargo.-
//neral Roca, 28 de Diciembre de 2007.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios a la instituciones bancarias indicadas todas ellas sucursal Villa Regina, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 4.068,55 en concepto de capital con más la de $ 1.600 calculados para intereses y costas, debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldo.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Hágase saber al presentante que de hacerse efectivo el embargo en alguna de las instituciones bancarias indicadas deberá abstenerse de la presentanciòn de los oficios librados en las restantes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro